Desde Franmar Consultancy Services SL te explicamos los tipos de jornadas laborales que existen en España. Estas pueden clasificarse según días a la semana que se trabaje, distribución de horas y momento del día en el que se realizan las labores profesionales.
Nuestra empresa de Outsourcing recomienda a los empleados informarse de las condiciones de su contrato, de esta forma se podrá asegurar que se cumplan los acuerdos y beneficios de las partes involucradas.
¿Qué es una jornada laboral?
El Estatuto General de los Trabajadores define la jornada laboral como “el tiempo de servicios prestados por el trabajador como pago de su deuda de actividad”. Esto quiere decir que es el tiempo que el trabajador dedica a desempeñar sus labores profesionales.
Tipos de jornadas laborales
Existen nueve modalidades de jornadas laborales:
Jornada laboral completa.
Esta jornada es la más común entre los trabajadores, son 40 horas semanales y no excede de las 30 horas, suele estar distribuida en 8 horas/día. Sin embargo, puede darse el caso en el que unas semanas se trabaje más horas siendo compensada por las semanas posteriores, siempre y cuando se plasme en el contrato o en el convenio.
Jornada laboral parcial.
También conocida como media jornada. El máximo de horas de este contrato es de 30 horas a la semana. Sin embargo,en caso excepcionales de picos de trabajo la empresa puede solicitar al empleado la realización de horas extras.
Jornada parcial por horas.
Se trata de un contrato cuyo uso se centra para reforzar los meses de mayor trabajo. En este caso el empleado no realiza sus horas de trabajo de manera continua, sino que realiza sus funciones en horas alternas o consecutivas, nunca continuas.
Este tipo de contratos es común en los meses de verano y en navidad.
Jornada laboral reducida.
Se trata de un tipo de contrato laboral especial, ya que solo se aplica en el caso en los que el trabajador sufre alguna dolencia que le impide su desarrollo profesional o puede poner en riesgo su salud. También puede aplicarse en caso del cuidado de un hijo o en el periodo de lactancia. Todos los trabajadores tienen derechos a solicitar la jornada reducida.
Jornada laboral partida.
Esta jornada es una jornada laboral completa, sin embargo, se caracteriza por ser interrumpida por al menos una hora. Estos empleados disponen de un descanso entre su jornada de mañana y de tarde.
Jornada laboral continua.
En estos casos el trabajador debe realizar su jornada de forma continua. Es por ello, que es obligatorio disponer de un descanso de 15 o 30 min, este tiempo es normalmente dedicado al almuerzo.
Jornada laboral nocturna.
Los empleados que desarrollan su actividad laboral por las noches cuentan con este tipo de contratos. Estas jornadas se consideran nocturnas cuando abarcan un horario entre las 10 de la noche hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.
Jornada laboral a turnos.
Estas jornadas son habituales en empresas cuya actividad no puede parar, tiene que dar servicios las 24 horas del día. Estos son algunos ejemplos de profesiones que cuentan con este tipo de jornadas: médicos, bomberos, policías, personal de fabricas…
Existen tres turnos, turnos de mañana, de tarde y de noche, los trabajadores irán rotando por cada turno semanalmente.
Ningún trabajador estará obligado a realizar los turnos de noche durante más de dos semanas seguidas.
Contratos para festivo.
Estos contratos suelen incluir el fin de semana, por lo tanto, el empleado trabaja de viernes a domingos y los festivos.
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